¿Necesitas un abogado laboralista Madrid para resolver un despido, una reclamación de cantidad, un caso de acoso laboral o un conflicto con la Seguridad Social? En Ager & Co. somos un despacho abogado laboralista Madrid con más de 10 años defendiendo a empresas y trabajadores en los juzgados de lo Social. Te damos un diagnóstico claro, plazos reales y una estrategia rentable, sin letra pequeña.
Como abogado laboralista Madrid especializado, sabemos que cada conflicto laboral tiene plazos cortos y consecuencias económicas inmediatas. Por eso, todo cliente que contrata a nuestro abogado laboralista Madrid recibe una primera valoración con diagnóstico jurídico, hoja de ruta y horquilla de coste antes de firmar nada. Defendemos tanto a empresas como a trabajadores, lo que nos da una perspectiva 360º del juzgado de lo Social.
Si quieres conocer más sobre derecho laboral, lee nuestra guía sobre concatenación de contratos temporales y nuestro análisis sobre el falso autónomo y la figura del TRADE.
Como abogado laboralista Madrid, impugnamos despidos improcedentes y nulos en el plazo de 20 días hábiles. Calculamos tu indemnización (33 días por año trabajado con tope de 24 mensualidades para contratos posteriores a 2012) y negociamos con la empresa antes de la papeleta de conciliación.
El plazo de prescripción es de 1 año (art. 59.2 ET). Nuestro abogado laboral reclama primero por papeleta SMAC y, si no hay acuerdo, presenta demanda con intereses del art. 29.3 ET. Si hay sospecha de relación mercantil simulada, lee nuestra guía sobre falso autónomo.
Documentamos el acoso, solicitamos la extinción indemnizada por el art. 50 ET y reclamamos daños y perjuicios. Si eres empresa, te ayudamos a implantar el protocolo de acoso obligatorio conforme a la Ley 10/2022.
Nuestro despacho recurre resoluciones del INSS sobre incapacidad permanente, jubilaciones denegadas, prestaciones por nacimiento, riesgo durante el embarazo y desempleo. Plazo para reclamación previa: 30 días.
Asesoramos en modificaciones del art. 41 ET, traslados del art. 40 ET y procedimientos colectivos del art. 47 y 51 ET. Consulta también nuestra guía de subvenciones a la contratación laboral en Madrid.
Negociamos y redactamos convenios de empresa, pactos de descuelgue salarial y acuerdos de fin de huelga.
Defendemos a empresas frente a actas de infracción, liquidación y derivaciones de responsabilidad.
Fuente: Estatuto de los Trabajadores (BOE) y Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Los plazos en derecho laboral son cortos y caducan. Un día de retraso puede costarte el despido o la indemnización. Llama a nuestro abogado laboralista Madrid y resolvemos tu duda en menos de 24 horas.
En Ager & Co. la primera consulta con nuestro abogado laboralista Madrid es gratuita. Trabajamos con presupuesto cerrado (desde 350 €) o cuota litis (15-20%).
El plazo es de 20 días hábiles desde la carta de despido. Es caducidad: si lo dejas pasar pierdes el derecho. Contacta con un especialista en derecho laboral el mismo día.
En primera instancia no es obligatorio, pero sí muy recomendable. En suplicación es obligatoria la postulación.
Para contratos post 12/02/2012: 33 días por año con tope 24 mensualidades. Nuestro letrado te hace el cálculo exacto.
Sí. Nuestra base como despacho está en la capital, pero llevamos asuntos en toda España.
El graduado social no puede actuar en suplicación. El abogado laboralista, además, lleva derivadas penales (art. 311-318 CP).
Sí. El 50% de nuestra cartera son empresas a las que nuestro despacho asesora en contratación, despidos, ERTE/ERE, inspecciones de trabajo, sanciones de la TGSS y negociación colectiva.
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C/ Camino de los Vinateros 106, 1ª planta DP 6 · 28030 Madrid · Horario L-J 9:00-14:00 y 15:00-18:00 V: 9:00 – 14:00