Retención de IRPF en la nómina: qué es, para qué sirve el modelo 145 y cómo cambiarla

10 octubre 2026 | Fiscal, Laboral

Abres la nómina y ves una línea que dice «Retención IRPF» con un porcentaje: un 9 %, un 13 %, un 17 %… ¿Por qué ese número y no otro? ¿Por qué a tu compañero, que cobra lo mismo, le retienen menos? ¿Puedes cambiarlo? La retención de IRPF es, junto con la Seguridad Social, el gran descuento de tu nómina, y casi nadie sabe cómo funciona.

En esta guía, pensada para trabajadores por cuenta ajena, te explicamos qué es la retención de IRPF, de qué depende, qué papel juega el modelo 145, si puedes pedir que te retengan más (o menos), por qué el porcentaje cambia a mitad de año y qué pasa si los datos son incorrectos. Al final repasamos también las retenciones de autónomos, administradores y alquileres.

La idea clave: la retención de IRPF no es un impuesto extra. Es un adelanto de lo que pagarás en tu declaración de la renta. Si te retienen de más, Hacienda te lo devuelve; si te retienen de menos, pagas la diferencia.

Qué es la retención de IRPF

El IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) se paga una vez al año, en la declaración de la renta. Pero sería muy duro tener que pagarlo todo de golpe en junio. Por eso la ley obliga a la empresa a retener cada mes una parte de tu sueldo bruto y entregársela a Hacienda en tu nombre. Es como pagar el impuesto a plazos.

Esa parte retenida es la retención de IRPF que aparece en el apartado de deducciones de tu nómina. Si quieres repasar el resto de partes de la nómina, lo explicamos paso a paso en nuestra guía para entender la nómina.

Cuando llega la declaración de la renta, Hacienda calcula el impuesto real de todo el año y lo compara con lo que ya te han retenido:

  • Si la retención de IRPF fue mayor que el impuesto, la declaración sale «a devolver».
  • Si fue menor, la declaración sale «a pagar».
Retención de IRPF: cómo se calcula a partir del modelo 145 y cómo se ajusta en la renta

De qué depende tu retención de IRPF

El porcentaje no lo elige la empresa a su gusto. Se calcula con un procedimiento oficial que fija el Reglamento del IRPF y que tiene en cuenta dos grandes cosas:

  1. Cuánto vas a ganar en el año: el sueldo bruto anual previsto, las pagas extra, los pluses fijos y el tipo de contrato. A más sueldo, mayor porcentaje, porque el IRPF es progresivo.
  2. Tu situación personal y familiar: si tienes hijos, si cuidas de padres mayores, si tienes una discapacidad, si pagas pensiones a tus hijos o a tu expareja por sentencia, si tu pareja tiene ingresos… Todo eso reduce el impuesto y, por tanto, la retención de IRPF.

Y aquí entra el protagonista: la empresa solo conoce tu situación personal si tú se la comunicas. Para eso existe el modelo 145.

El modelo 145: la pieza que decide tu retención

El modelo 145 es un formulario que el trabajador entrega a su empresa (no a Hacienda) para comunicarle sus datos personales y familiares. Con él, la empresa puede calcular correctamente tu retención de IRPF. En el modelo 145 se indica, entre otros datos:

  • Tu situación familiar: soltero, casado, si tu cónyuge tiene ingresos superiores a 1.500 euros al año, familia monoparental…
  • Hijos y descendientes menores de 25 años que convivan contigo (o con discapacidad), y si los computas por entero o a medias con el otro progenitor.
  • Ascendientes mayores de 65 años (o con discapacidad) que vivan contigo.
  • Tu grado de discapacidad, si lo tienes.
  • Pensiones compensatorias o de alimentos que pagues por sentencia judicial.
  • Si pagas una hipoteca de vivienda habitual adquirida antes de 2013 con derecho a deducción.
  • Si has aceptado un trabajo que te ha obligado a cambiar de municipio de residencia (movilidad geográfica).

¿Es obligatorio entregar el modelo 145?

El Reglamento del IRPF dice que el trabajador debe comunicar a su empresa la situación personal y familiar que influye en la retención. En la práctica, si no entregas el modelo 145, la empresa calculará tu retención de IRPF como si no tuvieras ninguna circunstancia que la reduzca: sin hijos, sin ascendientes y sin discapacidad. Resultado: te retendrán más de lo necesario y lo recuperarás en la renta. No hay sanción, porque Hacienda no sale perjudicada.

Lo realmente importante es comunicar los cambios: si tu situación varía (nace un hijo, te divorcias, un hijo cumple 25 años y deja de contar…), tienes 10 días para entregar un nuevo modelo 145. Si no hay cambios, no hace falta repetirlo cada año: siguen valiendo los datos que diste.

Dónde se calcula la retención de IRPF

La empresa (o su gestoría) calcula el porcentaje con el procedimiento de los artículos 82 a 89 del Reglamento del IRPF. Para hacerlo, la Agencia Tributaria pone a disposición de todos el servicio de cálculo de retenciones, una herramienta oficial que se actualiza cada año. Los programas de nóminas aplican ese mismo algoritmo.

A grandes rasgos, el cálculo funciona así: se parte del sueldo anual previsto, se restan la Seguridad Social y unos gastos fijos, se aplica la escala del impuesto y se descuentan los «mínimos» personales y familiares que salen de tu modelo 145. El resultado se divide entre el sueldo bruto y da el porcentaje que verás en la nómina, redondeado a dos decimales. Tú también puedes usar el servicio de la Agencia Tributaria para comprobar si tu retención es correcta.

Mismo sueldo, distinta retención: un ejemplo

Imagina a dos trabajadores que cobran exactamente lo mismo: 24.000 euros brutos al año. Uno es soltero y sin hijos; el otro tiene dos hijos y lo ha comunicado en su modelo 145. Con la normativa de 2026, el primero tendrá una retención de IRPF aproximada del 13,51 % (unos 270 euros al mes) y el segundo, del 9,47 % (unos 189 euros al mes).

Retención de IRPF con el mismo sueldo según la situación familiar y un tipo voluntario

Fíjate en la tercera barra: un trabajador puede pedir voluntariamente que le retengan más. Lo vemos ahora.

¿Puedo pedir que me retengan más (o menos)?

Retener más: sí, cuando quieras

Cualquier trabajador puede pedir por escrito a su empresa un porcentaje de retención de IRPF superior al que le corresponde. Se hace en el propio modelo 145, en el apartado de solicitud de un tipo de retención voluntario. La empresa está obligada a aplicarlo y el nuevo porcentaje se mantiene, como mínimo, hasta final de año y en los años siguientes mientras no renuncies por escrito.

¿Por qué alguien querría pagar más cada mes? Porque evita sustos en la declaración de la renta. Es muy útil si:

  • Tienes dos o más pagadores en el año (por ejemplo, cambiaste de empresa o cobraste el paro), porque cada uno calcula tu retención sin saber lo que te paga el otro.
  • Tienes otros ingresos, como un piso alquilado.
  • Prefieres que la renta te salga a devolver, a modo de «hucha».

Pedir un porcentaje más alto no te hace pagar más impuesto: el IRPF final del año es el mismo. Solo cambia cuánto adelantas cada mes.

Retener menos: no por voluntad propia

No puedes pedir una retención de IRPF inferior a la que resulta del cálculo oficial: los mínimos son obligatorios. La única forma legal de que baje es que cambien los datos que la determinan: que comuniques en el modelo 145 una circunstancia real (un hijo, una discapacidad, una pensión por sentencia…) o que baje tu sueldo.

Además, la ley fija unos porcentajes mínimos: por ejemplo, en los contratos de duración inferior a un año la retención no puede ser menor del 2 %. Y si tu sueldo anual no supera unos determinados límites (que dependen de tu situación familiar), la retención puede ser del 0 %.

ASESORÍA LABORAL Y FISCAL

¿Te retienen demasiado (o demasiado poco)?

Revisamos tu nómina y tu modelo 145, calculamos la retención de IRPF que te corresponde y te ayudamos a ajustarla para evitar sustos en la declaración de la renta.

¿Por qué cambia mi retención de IRPF a mitad de año?

La retención de IRPF no es un número fijo para siempre. La empresa está obligada a recalcularla (regularizarla) cuando cambia algo que afecta al cálculo, para que al final del año lo retenido se parezca lo máximo posible a tu impuesto real. Puede subir o bajar.

Suele SUBIR si…Suele BAJAR si…
Te suben el sueldo o cobras pluses, horas extra o variables no previstosTe bajan el sueldo o pasas a jornada parcial
Te prorrogan el contrato o pasas a indefinido (el sueldo anual previsto aumenta)Nace o adoptas un hijo y lo comunicas en el modelo 145
Un hijo cumple 25 años o deja de convivir contigoTe reconocen una discapacidad o empiezas a pagar una pensión por sentencia
Renuncias a una circunstancia que comunicaste (por ejemplo, ya no cuidas de tu padre)Te mudas por motivos de trabajo (movilidad geográfica)

El matiz importante es que el nuevo porcentaje no solo refleja tu nueva situación: también compensa los meses anteriores. Si durante medio año te retuvieron poco, en el segundo semestre te retendrán algo más para llegar a la media anual que corresponde. Por eso a veces el porcentaje «se dispara» tras una subida de sueldo.

Ejemplo: subida de sueldo en julio

Laura, soltera y sin hijos, cobra 2.000 euros brutos al mes (12 pagas) y tiene una retención del 13,51 %. En julio le suben el sueldo a 2.500 euros. Su sueldo anual pasa de 24.000 a 27.000 euros, y la retención de IRPF que le corresponde para todo el año es del 15,12 %. Como de enero a junio solo le retuvieron el 13,51 %, la empresa le aplica de julio a diciembre un 16,42 % para compensar.

Regularización de la retención de IRPF tras una subida de sueldo a mitad de año

Lo mismo ocurre al revés: si en septiembre nace un hijo y lo comunicas en el modelo 145, la empresa recalcula y tu retención baja en los meses que quedan.

¿Qué pasa si la empresa no retiene o retiene mal?

Practicar la retención de IRPF es una obligación de la empresa, no un favor. Si no retiene, o retiene menos de lo que debe:

  • Tiene que ingresar igualmente en Hacienda la cantidad que debió retener, aunque no te la descontara.
  • Puede ser sancionada por dejar de ingresar retenciones, con multas que según la Ley General Tributaria van del 50 % al 150 % de lo no ingresado, según la gravedad.
  • Si regulariza tarde por su cuenta, sin requerimiento de Hacienda, paga recargos por presentación fuera de plazo (desde el 1 % más un 1 % adicional por cada mes de retraso, hasta el 15 % más intereses a partir de los 12 meses).

¿Y a ti, como trabajador? Si la retención no se practicó por culpa de la empresa, en tu declaración de la renta podrás deducir la cantidad que debió retenerse, no solo la que realmente se retuvo. Eso sí, tendrás que declarar tu sueldo bruto completo.

¿Qué pasa si pongo datos falsos en el modelo 145?

Inventarse un hijo, ocultar que tu pareja trabaja o no comunicar que un hijo ya cumplió 25 años para que te retengan menos tiene consecuencias. La Ley General Tributaria (artículo 205) lo considera infracción cuando, por datos falsos, incorrectos o no comunicados, la retención sale más baja de lo debido:

  • Multa del 35 % de la diferencia entre la retención correcta y la aplicada, si estás obligado a hacer la declaración de la renta.
  • Multa del 150 % de esa diferencia, si no estás obligado a declarar (es la situación más grave, porque Hacienda nunca llegaría a cobrar la diferencia).

Además, cuando la retención es baja por tu culpa, en la renta solo podrás deducir lo que realmente te retuvieron y tendrás que pagar el resto. Moraleja: el modelo 145 tiene que reflejar tu situación real y estar actualizado.

Otras retenciones: autónomos, administradores y alquileres

Aunque esta guía está pensada para trabajadores, hay otras retenciones de IRPF que conviene conocer, porque no dependen del modelo 145: son porcentajes fijos que marca la ley.

QuiénRetenciónComentario
Profesionales autónomos que facturan a empresas o a otros autónomos15 %Tipo general en la factura
Profesionales que inician su actividad7 %El año de inicio y los dos siguientes, si no ejercieron en el año anterior
Administradores y consejeros de sociedades35 %19 % si la sociedad facturó menos de 100.000 euros el año anterior
Determinadas actividades empresariales en módulos1 %Por ejemplo, ciertas actividades de transporte o reformas facturadas a empresas
Actividades agrícolas y ganaderas2 %1 % en algunas actividades ganaderas (engorde de porcino y avicultura)
Alquiler de locales y oficinas19 %Lo retiene la empresa o autónomo que paga el alquiler
Cursos, conferencias y obras literarias o artísticas15 %Aunque quien los imparta sea trabajador por cuenta ajena en otra empresa

Si eres autónomo, también te interesará saber cuánto se paga de cuota de autónomo en 2026.

Conclusión

La retención de IRPF es un adelanto de tu impuesto que la empresa calcula con un sistema oficial a partir de dos datos: lo que vas a ganar y tu situación personal, que comunicas con el modelo 145. Puedes pedir que te retengan más, pero no menos de lo que marca la ley, y el porcentaje cambiará cada vez que cambie tu sueldo o tu situación. Mantén tu modelo 145 al día y revisa tu porcentaje: es la mejor forma de evitar sorpresas en la declaración de la renta. Si quieres ver cuánto cobrarás en neto con tu retención, prueba nuestra calculadora de sueldo bruto a neto.

Preguntas frecuentes sobre la retención de IRPF y el modelo 145

¿Qué es la retención de IRPF en la nómina?

Es un porcentaje de tu sueldo bruto que la empresa descuenta cada mes e ingresa en Hacienda en tu nombre como adelanto del IRPF. En la declaración de la renta se compara con el impuesto real: si se retuvo de más, te devuelven; si fue de menos, pagas la diferencia.

¿Para qué sirve el modelo 145?

Para comunicar a tu empresa tu situación personal y familiar (hijos, ascendientes, discapacidad, pensiones por sentencia, hipoteca anterior a 2013, movilidad geográfica). Con esos datos la empresa calcula tu retención de IRPF. Si no lo entregas, te retendrán como si no tuvieras ninguna circunstancia que la reduzca.

¿Puedo pedir que me retengan más IRPF?

Sí. Puedes solicitar por escrito, en el propio modelo 145, un tipo de retención superior. La empresa debe aplicarlo y se mantiene al menos hasta final de año. No pagas más impuesto: solo adelantas más.

¿Puedo pedir que me retengan menos IRPF?

No. La retención mínima es la que resulta del cálculo oficial. Solo baja si cambian los datos reales que la determinan, como tu sueldo o tu situación familiar comunicada en el modelo 145.

¿Por qué me han subido la retención de IRPF a mitad de año?

Porque la empresa debe regularizarla cuando cambia tu sueldo o tu situación. El nuevo porcentaje incluye además la compensación de los meses anteriores para llegar a la retención anual que corresponde.

¿Qué pasa si pongo datos falsos en el modelo 145?

Si por datos falsos o no comunicados la retención es inferior a la debida, Hacienda puede imponer una multa del 35 % de la diferencia (o del 150 % si no estás obligado a declarar). Además, en la renta solo podrás deducir lo realmente retenido.

¿Le ayudamos con este asunto?

Nuestro equipo fiscal, laboral y jurídico estudia su situación y le propone la solución más adecuada. También puede llamarnos al 919 61 26 27 o escribirnos a info@ager-co.com.

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