Cómo declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF: guía esencial 2025

Cómo declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF: guía esencial 2025

Declarar alquiler vivienda IRPF es una de las cuestiones que más dudas genera a los pequeños propietarios en España. Los rendimientos por arrendamiento son una fuente de renta muy habitual, pero su fiscalidad ha cambiado de forma sustancial con la entrada en vigor de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda, especialmente en lo relativo a las reducciones aplicables cuando el inmueble se destina a vivienda habitual del inquilino. En esta guía esencial actualizada a 2025 repasamos, paso a paso, cómo declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF, qué gastos son deducibles, cómo calcular la amortización (a menudo el gran olvidado) y cómo actuar ante situaciones particulares como el alquiler parcial o por temporada.

¿Quién está obligado a declarar el alquiler en el IRPF?

Todo propietario persona física que perciba rentas por el alquiler de un inmueble urbano debe declararlas en su IRPF como rendimientos del capital inmobiliario, con independencia del importe percibido y de si el inquilino realiza o no la oportuna retención. La obligación existe incluso cuando el resultado neto sea cero o negativo, ya que la propia normativa permite computar gastos superiores a los ingresos durante el ejercicio (con el límite de los ingresos íntegros por cada inmueble).

Conviene distinguirlo del rendimiento de actividad económica, que solo se da cuando el arrendamiento se realiza como actividad y se cuenta con al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa dedicada a su gestión (artículo 27.2 LIRPF). En la inmensa mayoría de los casos —pequeños propietarios particulares— estaremos ante rendimientos del capital inmobiliario.

Declarar alquiler vivienda IRPF: firma de contrato de arrendamiento y entrega de llaves

Declarar alquiler vivienda IRPF: cálculo del rendimiento neto

Para declarar alquiler vivienda IRPF correctamente, el esquema básico es sencillo: se parte de los ingresos íntegros percibidos durante el año y se le restan los gastos deducibles y la amortización, obteniendo así el rendimiento neto.

Los ingresos íntegros incluyen las rentas mensuales cobradas y las cantidades repercutidas al inquilino (como IBI o comunidad) si las paga el arrendador y se las cobra. Sobre el rendimiento neto se aplicará, si procede, la reducción por arrendamiento de vivienda habitual.

Principales gastos deducibles

  • Intereses y gastos de financiación de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición o mejora del inmueble (no la amortización de capital).
  • Tributos y tasas no estatales: IBI, tasa de basuras, tasa de vado, contribuciones especiales, etc.
  • Gastos de comunidad de propietarios abonados por el arrendador.
  • Gastos de formalización del contrato: honorarios de abogado, notaría, gestoría, agencia inmobiliaria, etc.
  • Primas de seguros: hogar, impago de alquiler, responsabilidad civil…
  • Suministros (luz, agua, gas, internet) cuando los pague efectivamente el propietario y no se repercutan al inquilino.
  • Gastos de reparación y conservación: pintura, arreglo de instalaciones, sustitución de elementos averiados (caldera, electrodomésticos preexistentes, persianas, grifería, etc.).
  • Saldos de dudoso cobro: cuando hayan transcurrido más de 6 meses desde la primera gestión de cobro sin que se haya producido el pago.
  • Servicios profesionales: administrador de fincas, asesoría fiscal, etc.

Es importante recordar que el conjunto de los intereses y los gastos de reparación y conservación tiene como límite el importe de los ingresos íntegros de cada inmueble en el ejercicio; el exceso podrá deducirse en los 4 ejercicios siguientes, también con el mismo límite. El resto de gastos no tienen ese tope.

Reparación y conservación vs. mejora y mobiliario: una distinción clave

Una de las mayores fuentes de error al declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF está en confundir gastos de reparación y conservación (deducibles íntegramente en el año en que se pagan) con mejoras o ampliaciones y con la adquisición de mobiliario y enseres, que no son gasto del ejercicio, sino que deben amortizarse.

  • Reparación y conservación (gasto del año): pintar la vivienda, reparar una avería, sustituir un electrodoméstico estropeado por otro de prestaciones equivalentes, arreglar una persiana, sanear humedades, sustituir grifería deteriorada.
  • Mejora o ampliación (NO es gasto, mayor valor del inmueble y se amortiza al 3%): sustituir las ventanas por otras de mayor calidad energética, instalar aire acondicionado donde no había, cerrar una terraza, instalar ascensor, reformar integralmente la cocina o el baño elevando el estándar del inmueble.
  • Mobiliario y enseres (se amortiza al 10% anual durante 10 años): sofás, camas, armarios no empotrados, mesas, electrodomésticos adquiridos para el alquiler. Aunque la factura sea de un solo año, fiscalmente no se deduce de golpe: se reparte en 10 anualidades.

Diferenciar correctamente entre reparación y mejora es uno de los puntos donde con más frecuencia interviene la Agencia Tributaria en sus comprobaciones, por lo que conviene conservar todas las facturas y, ante la duda, valorar el caso con un asesor fiscal.

La amortización del inmueble: el gran olvidado al declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF

Al declarar alquiler vivienda IRPF, la amortización es probablemente el gasto más infravalorado por los propietarios, pero también uno de los más relevantes para reducir el rendimiento neto. Consiste en deducir cada año el 3% del mayor de los siguientes valores, excluyendo siempre el valor del suelo:

  • El coste de adquisición satisfecho (precio de compra más los gastos y tributos inherentes: ITP o IVA, notaría, registro, gestoría, agencia, etc.), excluido el valor del suelo.
  • El valor catastral de la construcción (excluido el suelo).

En la mayoría de los casos, el coste de adquisición es bastante superior al valor catastral, por lo que aplicar el método del valor de adquisición (3% sobre la construcción + gastos inherentes) suele ser significativamente más favorable para el contribuyente. La proporción suelo/construcción se obtiene del recibo del IBI o de la sede electrónica del Catastro.

Ejemplo práctico. Vivienda comprada por 200.000 € + 20.000 € de gastos e impuestos (total 220.000 €). El valor catastral total es 80.000 €, de los cuales 24.000 € corresponden al suelo (30%) y 56.000 € a la construcción (70%). La construcción atribuible al método de coste de adquisición sería el 70% de 220.000 € = 154.000 €. La amortización deducible sería 3% × 154.000 € = 4.620 € al año, frente a los 3% × 56.000 € = 1.680 € que resultarían de aplicar el valor catastral. Una diferencia de casi 3.000 € deducibles cada año.

En el caso de inmuebles adquiridos por herencia o donación, tras la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo (sentencia de 2021), el coste de adquisición a estos efectos incluye el valor declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones más los gastos e impuestos asociados, no solo los gastos.

Reducciones por vivienda habitual: novedades 2025 al declarar el alquiler en el IRPF

Al declarar alquiler vivienda IRPF, si el inmueble se destina a vivienda habitual del inquilino (no a alquileres turísticos, de temporada ni a locales), el rendimiento neto positivo se beneficia de una reducción. La Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda reformó el artículo 23.2 de la LIRPF y estableció cuatro porcentajes de reducción aplicables a los contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023. A continuación recogemos los tramos vigentes en 2025:

Reducción Supuesto aplicable (contratos desde 26/05/2023)
90% Vivienda en zona de mercado residencial tensionado y el arrendador rebaja al menos un 5% la renta respecto al contrato anterior.
70% Primer alquiler en zona tensionada a jóvenes de 18-35 años, o arrendamiento a administración pública / entidad sin ánimo de lucro para alquiler social.
60% Vivienda rehabilitada en los dos años anteriores a la firma del contrato.
50% Reducción general aplicable al resto de contratos de arrendamiento de vivienda habitual firmados desde el 26/05/2023.
60% Contratos firmados antes del 26/05/2023: se mantiene la reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo (régimen transitorio).

La reducción solo se aplica sobre rendimientos netos positivos declarados por el contribuyente: no procede si el rendimiento se regulariza tras una comprobación de Hacienda, ni sobre rendimientos negativos.

¿Qué son las zonas de mercado residencial tensionado y cómo consultarlas?

Las zonas de mercado residencial tensionado son áreas declaradas por cada Comunidad Autónoma en las que existe una especial dificultad de acceso a la vivienda. Su declaración es competencia autonómica, por lo que no todas las comunidades han activado este mecanismo. A la fecha de actualización de esta guía, la han declarado principalmente Cataluña (con un listado amplio de municipios, incluyendo Barcelona y su área metropolitana, así como otras ciudades como Girona, Lleida o Tarragona) y el País Vasco; otras comunidades han anunciado su intención, pero aún no han publicado la resolución correspondiente.

El listado oficial y actualizado puede consultarse en la web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Antes de aplicar las reducciones del 90% o 70%, recomendamos verificar siempre la vigencia de la declaración para el municipio concreto. Para los aspectos normativos generales, conviene revisar también la Ley 12/2023 publicada en el BOE.

Alquiler parcial o por habitaciones: prorrateo y renta imputada

Cuando el inmueble no está arrendado durante todo el año (por ejemplo, queda vacío entre inquilinos, o se alquila por temporadas) o solo se arrienda una parte (alquiler por habitaciones), el tratamiento fiscal se desdobla:

  • Durante los días en que el inmueble (o la parte alquilada) ha estado arrendado, se computan los ingresos íntegros y se deducen los gastos correspondientes. Los gastos anuales —IBI, comunidad, seguro, amortización, intereses— deben prorratearse en función de los días de alquiler y, si solo se alquila una parte, también según los metros cuadrados arrendados sobre los totales.
  • Durante los días en que el inmueble (o la parte no alquilada) está a disposición del propietario, se debe declarar imputación de rentas inmobiliarias (artículo 85 LIRPF): con carácter general, el 2% del valor catastral, o el 1,1% si el valor catastral ha sido revisado en los diez años anteriores.

En los alquileres por habitaciones a estudiantes o por temporada, Hacienda viene rechazando la aplicación de la reducción por vivienda habitual, al entender que el inquilino no establece allí su residencia permanente. Conviene tenerlo presente para no aplicar incorrectamente la reducción del 50%-90%.

Plazos, modelo y obligaciones formales para declarar el alquiler en el IRPF

Los rendimientos del capital inmobiliario se declaran en el modelo 100 (declaración anual del IRPF), dentro del plazo ordinario de la campaña de la Renta (de abril a finales de junio del año siguiente). No existe obligación de presentar pagos fraccionados trimestrales para los pequeños propietarios particulares.

Se recomienda conservar durante al menos cuatro años (plazo de prescripción) toda la documentación: contratos, recibos, facturas de gastos y reparaciones, justificantes de pagos, recibos del IBI, escrituras y notas simples del Registro, así como el desglose suelo/construcción para el cálculo de la amortización.

Errores frecuentes al declarar alquiler vivienda IRPF

  • Deducir como gasto del año el mobiliario o los electrodomésticos comprados para el alquiler en lugar de amortizarlos al 10%.
  • Calcular la amortización solo sobre el valor catastral cuando el valor de adquisición sería más favorable.
  • Aplicar la reducción por vivienda habitual a alquileres turísticos, de temporada o por habitaciones a estudiantes.
  • Olvidar la imputación de rentas inmobiliarias durante los periodos en que la vivienda no ha estado alquilada.
  • Deducir la amortización del capital de la hipoteca: solo son deducibles los intereses y gastos de financiación, no la parte de cuota destinada a devolver el principal.
  • No prorratear los gastos cuando el alquiler es parcial o por temporadas.
  • Confundir reformas integrales o sustitución de ventanas (mejora, amortizable al 3%) con reparaciones (gasto íntegro del año).

Conclusión

Declarar correctamente el alquiler de una vivienda en el IRPF exige conocer no solo los ingresos, sino sobre todo el amplio abanico de gastos deducibles y la posibilidad de aplicar la amortización por el método más favorable. A ello se suma la complejidad de las nuevas reducciones de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que dependen de variables como la fecha del contrato, la zona y la edad del inquilino. Una correcta planificación puede suponer un ahorro fiscal muy significativo y evitar regularizaciones por parte de la Agencia Tributaria.

Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes el importe, conviene además repasar la exención por reinversión en vivienda habitual en el IRPF para optimizar la fiscalidad conjunta de tu patrimonio inmobiliario.

En Ager & Co. te ayudamos a revisar todos los gastos deducibles, calcular la amortización óptima y aplicar correctamente las reducciones que te correspondan. Contáctanos para una revisión personalizada de tu declaración.

Preguntas frecuentes sobre cómo declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF

¿Quién está obligado a declarar el alquiler en el IRPF?
Todo propietario persona física que perciba rentas por el alquiler de un inmueble urbano debe declararlas en su IRPF como rendimientos del capital inmobiliario, con independencia del importe percibido y aunque el resultado neto sea cero o negativo. La obligación existe incluso aunque el inquilino no haya practicado retención.
¿Qué reducción se aplica si la vivienda es la habitual del inquilino?
Depende de la fecha del contrato. Para los firmados antes del 26 de mayo de 2023 se mantiene la reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo. Para los posteriores, la Ley 12/2023 establece cuatro tramos: 90%, 70%, 60% o 50%, según si la vivienda está en zona tensionada, ha sido rehabilitada, se alquila a jóvenes de 18-35 años o se trata del supuesto general.
¿Qué método de amortización es más favorable: valor catastral o coste de adquisición?
En la mayoría de los casos el coste de adquisición (precio de compra más gastos e impuestos inherentes, excluido el valor del suelo) es muy superior al valor catastral de la construcción. Aplicar el 3% sobre el coste de adquisición suele ser significativamente más favorable y puede suponer cientos o miles de euros más de gasto deducible al año.
¿Dónde puedo consultar si mi municipio es zona de mercado residencial tensionado?
La declaración de zonas tensionadas es competencia de cada Comunidad Autónoma. El listado oficial y actualizado puede consultarse en la web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Antes de aplicar las reducciones del 90% o 70%, conviene verificar siempre que la declaración esté vigente para el municipio concreto.
¿Puedo deducir de golpe el mobiliario y los electrodomésticos comprados para el alquiler?
No. El mobiliario y los enseres (sofás, camas, electrodomésticos, etc.) no son gasto del ejercicio, sino que deben amortizarse al 10% anual durante 10 años. Confundir mobiliario con gasto corriente es uno de los errores más frecuentes a la hora de declarar el alquiler de una vivienda en el IRPF.
¿Qué ocurre si mi vivienda solo está alquilada parte del año?
Debe prorratearse: por los días alquilados se declaran ingresos y gastos correspondientes (también prorrateados), y por los días no alquilados se imputa renta inmobiliaria (2% del valor catastral con carácter general, o 1,1% si el valor catastral se ha revisado en los últimos 10 años).
¿Hasta cuándo debo conservar la documentación del alquiler?
Conviene conservar toda la documentación (contratos, facturas, recibos, escrituras, justificantes de pagos, IBI, etc.) durante al menos cuatro años, que es el plazo general de prescripción del derecho de la Administración a comprobar y liquidar el IRPF.
¿Se puede aplicar la reducción del 90% sin estar en zona tensionada?
No. La reducción del 90% exige acumulativamente que la vivienda esté en una zona de mercado residencial tensionado declarada por la Comunidad Autónoma y que el arrendador haya rebajado al menos un 5% la renta respecto al contrato anterior sobre la misma vivienda.
Qué es el MEI: cómo afecta a tu nómina en 2025 y su evolución hasta 2029

Qué es el MEI: cómo afecta a tu nómina en 2025 y su evolución hasta 2029

Si te preguntas qué es el MEI, en este artículo encontrarás la respuesta completa. El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es la cotización social que desde 2023 paga toda la población activa española para reforzar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social y garantizar las pensiones de la generación del «baby boom». Sustituye al antiguo Factor de Sostenibilidad y se aplica de forma temporal sobre la base de cotización por contingencias comunes, repartiéndose entre empresa y trabajador.

En este artículo actualizado a 2025 te explicamos en profundidad qué es el MEI, por qué surgió, cuánto te quitan de la nómina y, sobre todo, cómo evolucionarán los porcentajes año a año hasta 2029.

Qué es el MEI: Mecanismo de Equidad Intergeneracional para reforzar las pensiones

¿Qué es el MEI? El nuevo impuesto a las cotizaciones sociales

Para entender qué es el MEI, conviene precisar que aunque legalmente no se llama impuesto, el MEI entró en vigor en enero de 2023 como una cotización adicional, obligatoria y no voluntaria. Se abona junto al resto de cuotas de la Seguridad Social pero no genera ninguna prestación adicional para el cotizante, por lo que su naturaleza es estrictamente recaudatoria.

Se aplica a todos los asalariados, autónomos y empresas y se calcula sobre la base de cotización por contingencias comunes. Inicialmente fue concebido como una medida temporal entre 2023 y 2033, pero la reforma del Real Decreto-ley 2/2023 y el acuerdo posterior con CCOO y UGT lo prorrogan progresivamente hasta 2050 con tipos crecientes.

¿Por qué surge el MEI y cuál es su finalidad?

Para comprender plenamente qué es el MEI, hay que mirar atrás: desde 2012 los sucesivos gobiernos utilizaron el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conocido popularmente como «hucha de las pensiones», para financiar otras partidas presupuestarias. Este vaciamiento provocó que en 2021 el fondo estuviese prácticamente agotado, con menos de 2.000 millones de euros frente a los más de 66.000 millones de 2011.

A esto se suma la presión demográfica: los nacidos durante el «baby boom» de los años 60 y 70 comienzan a jubilarse, lo que dispara el gasto en pensiones y pone en serio riesgo la sostenibilidad del sistema de reparto.

El Gobierno acordó con CCOO y UGT crear el Mecanismo de Equidad Intergeneracional para volver a llenar la hucha y disponer de un colchón de alrededor de 50.000 millones de euros entre 2023 y 2033, complementado con una aportación del Estado. El objetivo es absolutamente clave para las jubilaciones que se produzcan entre 2030 y 2040, cuando se retire el grueso del baby boom. A partir de 2033 los Informes de Envejecimiento (Ageing Report) de la Comisión Europea evaluarán si es necesario seguir aportando, con un límite de disposición anual del 0,2 % del PIB.

Evolución del MEI año a año: cuadro de porcentajes 2023-2029

Tras la subida pactada en 2023, el MEI no se queda fijo en el 0,6 %: cada ejercicio sube una décima hasta alcanzar el 1,2 % en 2029. Para entender bien qué es el MEI y cómo impacta en tu bolsillo, conviene tener delante el cuadro de evolución del MEI con el reparto entre empresa y trabajador:

AñoTipo totalEmpresaTrabajador
20230,60 %0,50 %0,10 %
20240,70 %0,58 %0,12 %
20250,80 %0,67 %0,13 %
20260,90 %0,75 %0,15 %
20271,00 %0,83 %0,17 %
20281,10 %0,92 %0,18 %
20291,20 %1,00 %0,20 %

A partir de 2029 el tipo del MEI se mantendrá en el 1,2 % hasta, al menos, el año 2050, salvo modificaciones futuras. La distribución 5/6 – 1/6 entre empresa y trabajador se conserva durante toda la senda.

¿Cuánto te quitan de la nómina por el MEI en 2025?

Una vez aclarado qué es el MEI, lo siguiente es cuantificarlo. El tipo aplicado para el MEI en 2025 es del 0,80 % de la base de cotización por contingencias comunes. De ese porcentaje, la empresa asume el 0,67 % y el trabajador el 0,13 % restante.

Veámoslo con dos ejemplos prácticos sobre una base de cotización de 2.000 € mensuales:

  • Trabajador asalariado: aporta el 0,13 % (≈ 2,60 € al mes / 36,40 € al año en 14 pagas). La empresa aporta el 0,67 % (≈ 13,40 € al mes por trabajador).
  • Trabajador autónomo: al asumir la totalidad de la cuota, paga el 0,80 % sobre su base elegida. Para una base mínima de 950 €, el sobrecoste es de unos 7,60 € al mes, alrededor de 91 € al año.

Conviene tener presente que el MEI no aparece como concepto independiente en la nómina: se integra dentro de la cotización por contingencias comunes, por lo que solo se aprecia comparando el porcentaje del año anterior con el actual.

Novedades del MEI en 2024 y 2025

Estas son las principales novedades que afectan al MEI y que conviene tener en cuenta para entender qué es el MEI hoy:

  • Subida progresiva hasta 2029: el Real Decreto-ley 2/2023 estableció un calendario de subidas anuales de una décima desde el 0,6 % de 2023 hasta el 1,2 % en 2029.
  • Cuota de solidaridad para salarios altos (2025): a partir del 1 de enero de 2025 se aplica además una cotización adicional para retribuciones por encima de la base máxima. Comienza en el 0,92 % y crecerá hasta el 7 % en 2045 para los tramos más altos.
  • Destopado de bases máximas: las bases máximas suben cada año por encima del IPC para acompañar al MEI.
  • Vigencia ampliada hasta 2050: aunque el diseño inicial preveía revisar el mecanismo en 2032, los acuerdos firmados garantizan la aplicación del 1,2 % hasta 2050 como mínimo.
  • Refuerzo del Fondo de Reserva: a cierre de 2024 la hucha de las pensiones superaba los 9.500 millones de euros gracias al MEI y a la aportación complementaria del Estado.

Si quieres complementar tu pensión pública con otros instrumentos de planificación fiscal, te puede interesar leer también nuestra guía sobre la exención por reinversión en vivienda habitual, otra de las grandes claves de la fiscalidad a largo plazo.

Preguntas frecuentes sobre el MEI

Te dejamos las dudas más habituales sobre qué es el MEI, su cálculo y su impacto en nómina y autónomos:

¿Qué significan las siglas MEI?

MEI son las siglas del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una cotización adicional de la Seguridad Social creada por el Real Decreto-ley 2/2023 para reforzar el Fondo de Reserva y financiar las pensiones de la generación del baby boom.

¿A quién se aplica el MEI?

Se aplica a todos los trabajadores asalariados y autónomos en alta en cualquier régimen de la Seguridad Social que coticen por contingencias comunes, así como a las empresas que los emplean. No es voluntario y se descuenta directamente en la cotización mensual.

¿Cuál es el porcentaje del MEI en 2025?

En 2025 el tipo total del MEI es del 0,80 %: 0,67 % a cargo de la empresa y 0,13 % a cargo del trabajador. Para los autónomos el tipo se aplica íntegro sobre la base de cotización elegida.

¿Hasta qué año subirá el MEI?

El MEI subirá una décima cada año hasta alcanzar el 1,2 % en 2029 y se mantendrá en ese nivel, al menos, hasta el año 2050. La proporción 5/6 empresa y 1/6 trabajador no cambiará.

¿El MEI cuenta para mi futura pensión?

No. El MEI es una cotización finalista destinada exclusivamente al Fondo de Reserva. No incrementa la base reguladora ni computa para el cálculo individual de tu pensión de jubilación.

¿Cuánto pagaré de MEI si soy autónomo?

Un autónomo paga el 0,80 % de su base de cotización en 2025. Por ejemplo, sobre la base mínima de 950 € son unos 7,60 € al mes (91 € al año); sobre una base de 1.500 € supone 12 € mensuales.

¿Qué es la cuota de solidaridad y se suma al MEI?

La cuota de solidaridad es una cotización adicional, introducida en 2025, que se aplica únicamente a los salarios por encima de la base máxima de cotización. Es independiente del MEI pero comparte el objetivo de reforzar la sostenibilidad de las pensiones, llegando a un 7 % adicional para los tramos más altos en 2045.

¿Aparece el MEI desglosado en la nómina?

En la mayoría de nóminas el MEI no aparece como concepto independiente: se integra dentro de la línea de «Contingencias comunes». Para comprobar tu aportación basta con comparar el tipo aplicado este año con el del ejercicio anterior y verificar la diferencia.